Jefatura de Gabinete de Ministros jueves, 23 de mayo de 2013 Autoridad: Dr. Juan José Mussi
Dirección Nacional de Control Ambiental

Unidad de Movimientos Transfronterizos de Residuos

: (54) (11)  4348-8405/8421

Marco de Acción
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La SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE es la Autoridad competente en los temas relacionados con los movimientos transfronterizos de residuos peligrosos y no peligrosos, cuyo brazo operativo es la UNIDAD MOVIMIENTOS TRANSFRONTERIZOS DE RESIDUOS dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE CONTROL AMBIENTAL, creada mediante Disposición N° 05/97. La misma tiene a su cargo llevar adelante la operatoria sobre los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y no peligrosos en los términos del Convenio de Basilea y la Legislación Nacional.

Convenio de Basilea: suscripto en la ciudad de Basilea, Confederación Suiza, el 22 de Marzo de 1989 y ratificado mediante la Ley Nº23.922 de Aprobación del Convenio de Basilea sobre el movimiento transfronterizo de desechos peligrosos y su eliminación, sancionada el 21 de Marzo de 1991 y Promulgada por Decreto PEN N°662 el 15 de Abril del mismo año. El objetivo general es el de establecer el control sobre los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos que no se puedan tratar en el país, con el fin de proteger la salud de las personas y al medio ambiente, de los efectos nocivos que pudieran derivarse de la generación, manipulación y traslado de los mismos.

Decreto PEN Nº181del 24 de Enero de 1992: regulación sobre importaciones de residuos no peligrosos, con el fin de ser incorporados a los procesos productivos por los diferentes sectores, como insumos industriales.

Resolución SAyDS N°946 del 17 de Septiembre de 2002: reglamenta los procedimientos y trámites que las personas físicas o jurídicas tienen que realizar, en caso que las mismas requieran autorización de importación de residuos no peligrosos, en el marco del Decreto 181/92.

Resolución SAyDS N°896 del 23 de Agosto de 2002: reglamenta los procedimientos de verificación, consolidación y control previo de exportación de residuos peligrosos en el marco de la Ley N° 23.922 de Aprobación del Convenio de Basilea.

Misiones y Funciones:
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1. En base a la normativa vigente, se trabaja atendiendo a favorecer la consolidación de procesos productivos con desarrollo sustentable, a través de la procuración de insumos para distintas iniciativas industriales.

2. Intervenir, en carácter de país de tránsito, en todo movimiento transfronterizo por nuestro país, de residuos no peligrosos, cuya procedencia y destino sean terceros países.

3. Mantener los compromisos emergentes de la aplicación del Convenio de Basilea sobre los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y su eliminación.

4. Participar en reuniones convocadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto –Dirección General de Asuntos Ambientales, relacionadas con la Secretaría Ejecutiva del Convenio de Basilea, sobre los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y su eliminación.

5. Mantener comunicación con autoridades ambientales provinciales, aduaneras y la Prefectura Naval Argentina, a los efectos de asesorar sobre la importación/exportación/tránsitos de residuos y prevenir movimientos de tráfico ilícito de residuos.

6. Asesorar y responder consultas efectuadas por diferentes sectores de la industria nacional, relacionadas con la importación, exportación, tránsitos y destrucción de residuos.

7. Realizar verificaciones y consolidaciones relativas a la exportación de residuos peligrosos, autorizados por esta Secretaría, en el marco del Convenio de Basilea y la legislación nacional.

8. Colaborar con la Coordinación Nacional del Subgrupo 6-Medio Ambiente-MERCOSUR ejercida por la Secretaría, en temas inherentes a la Unidad de Movimientos Transfronterizos de Residuos.

9. Participar en tareas de trabajo conjunto con el Centro Subregional de Sudamérica del Convenio de Basilea, relacionada con la capacitación y transferencia de tecnologías a nivel nacional e internacional.